lunes, 27 de febrero de 2012

Despenalización / Criminalización del Consumo de Drogas

En Costa  Rica el consumo de drogas ilícitas está claramente despenalizado, pero los usuarios siguen siendo criminalizados, como se puede apreciar en el enorme incremento de la infracción a la Ley de Psicotrópicos y la relativa estabilidad de los ingresos a centros penitenciarios por esta misma ley. Desde un marco de legalidad las políticas relacionadas con drogas ilícitas deben abordar el consumo (o la demanda) desde un enfoque de derechos humanos, tratando de alejar a las personas usuarias de drogas del sistema penal y acercándolos al sistema de salud.

A pesar de la Guerra contra las drogas desatada por el actual gobierno, la legislación costarricense en este tema tiene un claro enfoque de salud pública, pero no es el primer en la agenda. Es por esto que resulta inquietante escuchar que se pretende penalizar el consumo en la vía pública, ya que esto representa una involución en el derecho penal y procesal penal de drogas en este país.

Como lo recomienda la Comisión Global sobre Políticas de Drogas (http://bit.ly/y99oi3), se debe “reemplazar la criminalización y el castigo de las personas que usan drogas por la oferta de servicios de salud y tratamiento para aquellos que los necesitan.” A las personas consumidoras de drogas  se debe buscar integrarlas  a la sociedad, garantizando sus derechos fundamentales, especialmente el derecho al disfrute del nivel más alto de salud física y mental.

Es necesario desechar los prejuicios y estigmas sociales asocaidos con  las personas consumidoras de drogas, proveyéndolas de una amplia variedad de servicios de prevención, tratamiento y reducción del daño. También se les debe brindar espacios de consulta y participación sobre sus problematicas y necesidades, ya que finalmente son las personas que se deberían beneficiar de estas políticas públicas de salud en relación al consumo.
  

En comentarios anteriores (http://bit.ly/xn3aOi), se ha indicado que en Costa Rica el consumo de drogas está completamente despenalizado, ya que la Ley de Psicotrópicos (No.8204) no lo considera como un delito, sino que más bien como un problema de salud pública. A pesar de que el Artículo 79 de la Ley 8204 malinterpreta que todo uso de drogas implica una adicción (tomando en cuenta que la mayoría de las personas consumidoras no tienen problemas de abuso y dependencia), se debe rescatar que este artículo, al igual que el Artículo 3, promueven y exigen la prestación de servicios de prevención y tratamiento para las personas que consumen drogas.  Este enfoque de salud pública centrado en la enfermedad es un hecho ratificado por el Decreto Ejecutivo No 34784-MSP-S de setiembre del 2008 (http://bit.ly/dMxjbU) y a pesar de sus deficiencias, es mucho mejor que la criminalización y la cárcel.
El consumo de drogas ilícitas es un comportamiento atípico para el derecho penal costarricense, o sea que se podría decir que está "legalizado", ya que este no es considerado un delito y no tiene sanción alguna. Esto lo confirma el Fiscal General Jorge Chavarría, con la publicación en octubre del 2010 del Instructivo General 02-2010 (http://bit.ly/wqiEyW), donde enuncia que la fiscalía General de la Republica rechazara todos aquellos partes presentados por la Fuerza Pública que narran una simple tenencia de drogas no delictiva, mediante la aplicación de los Art. 28 y 39 de la Constitución Política y el artículo 1 del Código Penal. Posteriormente la misma Fiscalía General publica el Instructivo  General 01/2011 titulado “Procedimiento para valoración jurídica de partes o informes policiales y destrucción de droga de uso no autorizado decomisada sin vinculación a alguna actividad delictiva”. (http://bit.ly/xrtW5C). Resalta los costos humanos y económicos que tiene que incurrir el Ministerio Público, “para llevar a cabo el trámite de las tenencias de drogas para consumo (hechos atípicos), resulta más un trámite administrativo que judicial” (p.7)

Aun así, el hecho que el Poder Judicial haya definido que el consumo de drogas ilícitas no es un comportamiento penalizado, se continua criminalizando por parte de la policía a las personas usuarias. Esto se puede apreciar en el gráfico presentado al inicio del comentario, el cual muestra una clara asimetría entere la cantidad de infracciones a la ley de psicotrópicos, la cual llegó a más de 110mil en el 2010 y una estabilidad en las personas que ingresaron a sistemas penitenciarios por esta misma ley. La elaboración del gráfico se realizó mediante el Sistema de Información sobre la Violencia y el Delito (http://sisvi.mj.go.cr/) del Observatorio d la Violencia del Ministerio de Justicia y Paz, el cual integra las infracciones a la ley de psicotrópicos según los datos que proporciona el Ministerio de Seguridad y las estadísticas penitenciarias desde el Sistema de Información Penitenciaria (SIAP).
Esto nos señala que en el país se presenta una clara criminalización de las personas usuarias de drogas por parte de la policía, a pesar de que el consumo no es considerado un comportamiento delictivo por parte de Poder Judicial, ni el Ministerio de Justicia y Paz. Este hecho genera serios problemas para la seguridad de las personas consumidoras y no consumidoras, así como en el Estado de derecho. Como lo dice Anand Grover en su reporte sobre el derecho a la salud (http://bit.ly/lNz6So), “las personas que consumen drogas tal vez eviten acudir a los servicios debido a la amenaza de recibir una sanción penal o sencillamente porque temen que se les niegue el acceso a la atención de la salud. La penalización y las prácticas represiva excesivas también menoscaban las iniciativas de promoción de salud, perpetúan el estigma y aumentan los riesgos de salud a que se exponen poblaciones enteras, no sólo los que consumen drogas.” (p.17)

Desde un enfoque de derechos humanos, es necesario apelar al principio de no discriminación, así como el de atención a las poblaciones en mayor vulnerabilidad. En este caso, la Comisión de Estupefacientes en su 54º período de sesiones del 2011(http://bit.ly/z9hIej), “Subraya la importancia que reviste evitar la discriminación contra los drogodependientes, incluidas la estigmatización y la marginación social que pueden sufrir, y velar por el respeto de sus derechos humanos y su dignidad humana.” E “insta a los Estados Miembros a que determinen si existe discriminación contra los drogodependientes y a que procedan a combatirla con firmeza, ofreciendo al mismo tiempo acceso oportuno a servicios de asesoramiento, tratamiento y rehabilitación dirigidos a promover la salud y el bienestar social a nivel individual, familiar y comunitario” (p.3).

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